¿Qué es la CIFIN?
CIFIN
es una unidad estratégica de la Asociación Bancaria, creada en 1981, dedicada a
la recolección, obtención, compilación, modificación, administración,
procesamiento, intercambio, envío, divulgación y transferencia a cualquier
título, de datos personales, financieros, crediticios, de servicios y, en
general,cualquiera relacionado con el cumplimiento de obligaciones, así como
los provenientes de terceros países y cualquier otro que no sea contrario a la
Constitución y la Ley.
De
acuerdo con el artículo 15 de la Constitución Política, el Hábeas Data es el
derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las
informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en
archivos de entidades públicas y privadas.
v Titular de la información: Es la persona natural o
jurídica a quien se refiere la información que se encuentra en un banco de
datos.
v Fuente de información: Es la persona, entidad u
organización que recibe o conoce datos personales de los titulares de la
información, en virtud de una relación comercial, de servicio o de cualquier
otra índole y que, en razón de autorización legal o del titular, suministra
esos datos a un operador de información.
v Usuario: Es la persona natural o jurídica que puede
acceder a la información personal comercial, crediticia y financiera de uno o
varios titulares, suministrada por el operador, por la fuente, o directamente
por el titular de la información.
v Operador de la información: Es la persona, entidad
u organización que recibe de la fuente datos personales sobre varios titulares
de la información, los administra y los pone en conocimiento de los usuarios.
Puede
enviarnos su consulta por escrito, firmado y reconocido ante notario público,
indicando el número de identificación personal. También podrá acercarse a una
de nuestras oficinas de atención al titular, ubicadas en las direcciones
señaladas más adelante, junto con su documento de identificación personal. En
cualquier caso, si es persona jurídica, además, deberá aportar el certificado
de existencia y representación legal, con una fecha de expedición no anterior a
dos meses.
[NOTA:
Tratándose de personas que se encuentren cumpliendo con una pena privativa de
la libertad, deberá remitir certificación expedida por el Director del centro
de reclusión en donde se encuentra actualmente.]
Oficinas
de atención al titular se encuentran ubicadas en las siguientes direcciones:
v BogotáCalle 17 No. 7-60, piso 3Horario de atención:
Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:00 p.m.
v BarranquillaCarrera 52 No. 74-56 Of. 407 Edificio Torre
Banco de OccidenteHorario de atención: Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 12:00 m.
v MedellínCarrera 43A No. 1 A Sur - 69 Of. 302. Edificio
TempoHorario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:30 p.m.
v ManizalesCarrera 24 No. 22-02 Of. 602 Edificio Plaza
CentroHorario de atención: Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 12:00 m.
v CaliCarrera 5 No. 8-69 Of. 303 Edificio AlcanáHorario de
atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m.
v BucaramangaCalle 35 No. 17-77 Of. 1302 / 1303 Horario de
atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:30 pm.
Como
titular de la información, puede presentar una reclamación ante los operadores
o la entidad con la que tiene la obligación (fuente), la cual deberá tramitar
así:
Entregar
una comunicación dirigida al operador (CIFIN) o a la fuente, con su número de
identificación, descripción de los hechos y dirección. Si es el caso, adjunte documentos
de soporte de la reclamación. El operador o la fuente, según sea el caso,
deberá marcar la obligación dentro de los dos días hábiles siguientes, con una
leyenda que diga "reclamo en trámite". Este mensaje permanecerá hasta
que su reclamo sea resuelto. El tiempo máximo para atender su reclamo es de 15
días hábiles, periodo que se puede prorrogar hasta por 8 días hábiles
adicionales.
De
conformidad con lo estipulado en la ley y lo dispuesto por la Corte
Constitucional, la información de carácter positivo se reflejará de manera
indefinida en el reporte. Los datos cuyo contenido haga referencia a una
situación de incumplimiento de obligaciones, tendrán un término máximo de
permanencia equivalente al doble del tiempo de la mora, hasta un máximo de
cuatro años. Este término se contará desde el momento en que la obligación se
haya extinguido de cualquier forma.
Las
informaciones que reposan en CIFIN son apenas uno de los elementos en el
análisis de crédito que deben considerar las instituciones en la evaluación de
riesgo de los negocios financieros y comerciales. Por tanto, esta información
no puede por sí misma ser determinante ni obligatoria para decidir.
De
acuerdo con la Corte Constitucional (Sentencia T-421/09), sólo es posible
calcular la caducidad del dato negativo cuando opera la extinción de la
obligación. Si el titular considera que la obligación se encuentra prescrita,
deberá acudir a las autoridades competentes para que sea fijada la fecha exacta
en la que se produjo la prescripción de la obligación, para así determinar el
momento a partir del cual debe calcularse el término de permanencia de la
información negativa.
A
CIFIN se reporta información positiva y negativa relativa al comportamiento
comercial, crediticio y financiero de las personas o titulares, conforme a lo
establecido en la ley.
Figurar
en CIFIN con información positiva, lejos de perjudicar al titular lo beneficia,
pues si ha sido una persona cumplidora de sus obligaciones financieras y
comerciales gozará de una excelente carta de presentación frente a potenciales
proveedores de productos y servicios financieros y comerciales.
Desde
el punto de vista práctico, el reporte positivo a Cifin disminuye al
solicitante de un crédito los trámites que exige la consecución de referencias
por parte de cada entidad con las que tenga o pretenda tener vínculos
comerciales o financieros, pues en un solo documento sus potenciales acreedores
encuentran de manera consolidada su historial crediticio o comportamiento
comercial y financiero. Es un insumo importante para la evaluación del
riesgo financiero de una persona.