FELIZ NAVIDAD
La Cooperativa Naval desea a sus asociados una Feliz Navidad en compañía de todos sus amigos y familiares, que este sea el momento de compartir y celebrar los grandes momentos de este año.
ACTIVIDAD DE FIN DE AÑO ASOCIADOS COOPERATIVA NAVAL 16 DE DICIEMBRE DE 2017
ASOCIADOS COONAVAL - Con motivo de los 53 años de fundada la Cooperativa
Naval y en víspera de la Navidad, el Consejo de Administración ha organizado en
la ciudad de Bogotá, un Almuerzo de Integración + un Bingo para los asociados y
su cónyuge o compañero(a) permanente. El cual se llevará a cabo en el Asadero
Camarita (Cra. 70 # 49ª-84 Barrio Normandía) el día 10 de diciembre de 2016 de
11:30 a.m. a 3:00 p.m.¡ Los Esperamos ! Cualquier información adicional, favor
comunicarse al PBX: 2211191 o en la casa-sede COONAVAL Avda. Calle 53 # 57-57
Piso 2 Barrio La Esmeralda.
TARIFAS COORSERPARK 2017-2018
LA COOPERATIVA NAVAL SE PERMITE INFORMAR A SUS ASOCIADOS AFILIADOS AL SERVICIO EXCEQUIAL DE COORSERPARK-CAPILLAS DE LA FE LOS NUEVOS CAMBIOS DE TARIFA PARA LOS PLANES QUE SE MANEJAN A PARTIR DE JULIO DE 2017 HASTA JUNIO DE 2018.
- GENERAL BASICO $14.022 MENSUAL
- PLAN MASCOTAS $ 6.050 MENSUAL
- PLAN PRESIDENCIAL $ 32.368 MENSUAL
PARA MAYOR INFORMACION AL PBX: (091) 2211191
PASEO DE INTEGRACION FAMILIAR SEGUNDO SEMESTRE 2017 -30 DE SEPTIEMBRE - CUPOS LIMITADOS
LA COOPERATIVA NAVAL INVITA A SUS ASOCIADOS A SU PASEO TRADICIONAL DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO, EL PRÓXIMO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2017, CUPOS LIMITADOS FAVOR INSCRIBIRSE ANTES DEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017 PARA MAYOR INFORMACIÓN EN COONAVAL (Avda. Calle 53 No. 57-57 Barrio La Esmeralda Piso 2) o al PBX: 2211191/3002100775.
- VALOR ALMUERZO Y DESAYUNO: $30.000 POR PERSONA (ASOCIADO Y GRUPO FAMILIAR)
- VALOR ADICIONALES: $70.000 (INCLUYE TRANSPORTE, ENTRADA AL CENTRO VACACIONAL, ALMUERZO Y DESAYUNO)
- SE DEBE UTILIZAR TRAJE DE BAÑO PARA EL SERVICIO DE PISCINA
- NO SE PERMITE EL INGRESO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS AL CENTRO VACACIONAL
- NO SE PERMITE EL INGRESO DE MASCOTAS
- ES OBLIGATORIO EL USO DE GORRO EN LA PISCINA
- EL ASOCIADO QUE SE INSCRIBA Y NO ASISTA DEBERÁ CANCELAR EL VALOR DE LOS ALMUERZOS CONTRATADOS A SU NOMBRE
CENTRO VACACIONAL HACIENDA LA REGADERA
PASEO DE INTEGRACION FAMILIAR 10 DE JUNIO DE 2017
LA COOPERATIVA NAVAL INVITA A SUS
ASOCIADOS A SU PASEO TRADICIONAL PARA EL PRÓXIMO 10 DE JUNIO DE 2017. CUPOS
LIMITADOS FAVOR INSCRIBIRSE ANTES DEL 6 DE JUNIO DE 2017 PARA MAYOR INFORMACIÓN
EN COONAVAL (Avda. Calle 53 No. 57-57 Barrio La Esmeralda Piso 2) o al PBX:
2211191/3002100775.
- VALOR ALMUERZO Y DESAYUNO: $30.000 POR PERSONA (ASOCIADO Y GRUPO FAMILIAR)
- VALOR ADICIONALES: $70.000 (INCLUYE TRANSPORTE, ENTRADA AL CENTRO VACACIONAL, ALMUERZO Y DESAYUNO)
- SE DEBE UTILIZAR TRAJE DE BAÑO PARA EL SERVICIO DE PISCINA
- NO SE PERMITE EL INGRESO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS AL CENTRO VACACIONAL
- NO SE PERMITE EL INGRESO DE MASCOTAS
- ES OBLIGATORIO EL USO DE GORRO EN LA PISCINA
- EL ASOCIADO QUE SE INSCRIBA Y NO ASISTA DEBERÁ CANCELAR EL VALOR DE LOS ALMUERZOS CONTRATADOS A SU NOMBRE
CENTRO VACACIONAL HACIENDA LA REGADERA
SARC - SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO CREDITICIO
Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1266 de Habeas Data de diciembre 31 de 2008, la Cooperativa Naval mensualmente reporta a las centrales de información financiera autorizadas (CIFIN/TRANSUNION), el comportamiento de los créditos de los asociados, incluyendo tanto el reporte de pagos oportunos como el de las obligaciones en mora. Los asociados autorizan al Banco a realizar el reporte de sus obligaciones en el momento de vincularse a COONAVAL.
Es importante aclarar que aparecer en las Centrales de Riesgo, no significa que el asociado tenga un mal comportamiento crediticio. Esta información sirve de elemento de juicio para evaluar el riesgo en las operaciones activas de crédito dentro de los parámetros constitucionales, legales y los previstos en los respectivos reglamentos. El reporte positivo, entre otros facilita el acceso al crédito. La permanencia de la información registrada en las centrales de Riesgo es administrada por casa central de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Ley 1266 de 2008, en el cual se definen los términos razonables para efectos de la caducidad de la información.
CRONOGRAMA FUNDEQUIDAD
Para la
Fundación La Equidad Seguros – Fundequidad, es un gusto invitarlos a participar
en sus concursos y actividades
programadas para el año 2017. Adjunto encontraran las fechas de apertura y
cierre de cada una de las convocatorias, a través de COONAVAL podrán realizar
la inscripción.
Consulta toda
la información para participar en nuestra página web: www.laequidadseguros.coop/fundequidad.
¿ PORQUE LOS APORTES SOCIALES SON COBRADOS ?
¿ Por qué la Administración le cobra los aportes que no le fueron
descontados por nomina a un asociado cuando no tenía capacidad de endeudamiento?
Al respecto los aportes son una obligación que establece nuestro estatuto
y aunque no sean descontados por nomina es un deber pagarlos por ventanilla o
consignarlos así como las demás obligaciones crediticias.
Recordemos
que el aporte social es la participación que ha sido pagada por los asociados a
las cooperativas mediante cuotas periódicas ya sean en dinero, en especie o en
trabajo convencionalmente avaluados, los aportes sociales constituyen el
capital social de las organizaciones solidarias y su monto y periodicidad de
pago deben quedar establecidas en los estatutos. En nuestro estatuto el
Capítulo VIII establece el Régimen Económico el cual describe el tratamiento de
esos aportes y como lo especifica el estatuto, el 48% va para capital del asociado
y el 52% para los fondos mutuales. El Artículo 15 dice que es una obligación de
los Asociados desde que ingresa a la entidad el pago de esos aportes, cabe
resaltar que el Articulo 23 de la Ley 79 de 1988 al final dice “el ejercicio de
los derechos estará condicionados al cumplimiento de los deberes”.
Las organizaciones de economía solidaria, creadas con la finalidad de
prestar sus servicios a sus asociados, se caracterizan por la ausencia del
ánimo de lucro y un esquema de autogestión con sus miembros, suplen necesidades
comunes y de seguridad social a partir de los recursos de diferentes fondos de
carácter obligatorio o voluntario que sean creados por la Asamblea General,
conforme a lo establecido en los artículos 54, 56 y 65 de la Ley 79 de 1988.
En
cuanto al artículo 51 de la Ley 79 de 1988 la norma es muy clara en cuanto al
cobro de aportes, pues así como se le están cobrando los aportes adeudados se
le están abonado a su cuenta mediante la distribución del Articulo 89 del
Estatuto de Coonaval.
Cuando
un asociado decide ser parte de nuestra entidad de manera voluntaria se les
explica desde que ingresa los derechos y obligaciones en que incurre para que
este tome la decisión de pertenecer a la familia Coonaval, ejerciendo de por si
los principios de libre adhesión y participación económica de los asociados,
así como el de ayuda mutua.
SISTEMA DE ADMINISTRACION DE RIESGO CREDITICIO
USO DE LA INFORMACION CREDITICIA EN CENTRALES DE RIESGO:
Para dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley 1266 de Habeas Data de diciembre de 31 de 2008, la
Cooperativa Naval mensualmente reportará a las centrales de riesgo (CIFIN/Transunion)
la información autorizada, el comportamiento de los créditos de las personas
naturales, incluyendo tanto el reporte de los pagos oportunos como el de las
obligaciones en mora. Los asociados y terceros autorizan a COONAVAL a realizar
el reporte de las obligaciones en el momento de vinculación a la Cooperativa o
cuando haya incumplimiento por un tercero (Arrendamientos/convenio de
descuento).
Es importante aclarar que aparecer en las Centrales de Riesgo no significa que el cliente tenga un mal comportamiento crediticio. Esta información sirve de elemento de juicio para evaluar el riesgo en las operaciones activas de crédito dentro de los parámetros constitucionales, legales y los previstos en los respectivos reglamentos. El reporte positivo, entre otros, facilita al crédito. La permanencia de la información registrada en la Centrales de Riesgo es administrada por cada Central de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Ley 1266 de 2008, en la cual se definen como términos razonables para efectos de la caducidad de la información.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)